La representación mediática del feminicidio a través de cuatro enfoques de cobertura periodística

Frida V. Rodelo 

 

Este capítulo da cuenta de cómo es la cobertura periodística de los feminicidios perpetrados en Jalisco, así como la relación de las características de cobertura periodística con perspectivas acerca de cómo abordar periodísticamente este fenómeno. El objetivo es identificar el rango de características de la cobertura y proporcionar una guía crítica que facilite la apropiación de perspectivas que conduzcan a las audiencias a comprender el feminicidio como un problema social. Para realizar lo anterior se analizaron artículos periodísticos publicados en 2019 y disponibles en la web. Este texto parte del supuesto de que la práctica periodística tiene importantes implicaciones en la manera en la que individuos y grupos pensamos acerca de los problemas sociales.

 

El fenómeno del feminicidio en México

El estudio del homicidio revela que este tipo de crimen muestra patrones particulares en función del género de las víctimas: a escala mundial, aunque los hombres tienen mayor probabilidad de ser víctimas de asesinato, las mujeres tienen mayor probabilidad de ser asesinadas por sus parejas íntimas o por sus familiares en comparación con los hombres (UNODC, 2018). Aunque los datos disponibles sobre el fenómeno del homicidio en México cuentan con sus limitaciones, estos permiten identificar ciertos patrones de género. Algunos de estos son:

    • En comparación con los hombres, las mujeres son en mayor proporción asesinadas en sus hogares (Inegi, 2019, p.13).
    • En comparación con los hombres, las mujeres son en mayor proporción asesinadas con métodos diferentes a las armas de fuego y que infligen mayor sufrimiento, como lo son el estrangulamiento, las heridas con arma blanca y el uso de fuego (Inegi, 2019, p.10).
    • Hay variaciones importantes en la edad de las víctimas de homicidios. Las niñas y las ancianas son en mayor proporción asesinadas que los niños y ancianos (Inegi, 2019, p.6; Secretaría de Gobernación, Inmujeres & ONU Mujeres, 2016, p.31).
    • En muchos casos de homicidios de mujeres la persona imputada es familiar de la víctima o su pareja sentimental. Con todo, se carece de estadísticas fiables sobre este punto, pues en el apartado de violencia familiar en el acta de defunción frecuentemente se responde “no especificado” (Secretaría de Gobernación, Inmujeres & ONU Mujeres, 2016, p.42). No obstante, los datos internacionales señalan que la tendencia preponderante es que más mujeres que hombres sean asesinadas por sus parejas y familiares (UNODC, 2018).

Reconocer formas de violencia que afectan en particular a las mujeres[1] implica también reconocer en sus motivaciones razones de género. Los anteriores datos permiten corroborar que los homicidios de hombres y mujeres son fenómenos que ocurren en contextos y por causas diferentes y que por tanto deben también atenderse de manera particular. Estudios señalan que la violencia contra las mujeres se origina a partir de normas de género que promueven la autoridad de los hombres en la sociedad y en la familia y a partir del uso de la violencia por parte de los hombres para ejercer el control sobre las mujeres (UNODC, 2018, p.30).

Los fenómenos complejos de violencia, como la ola de asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez, aunados a la sentencia “campo algodonero” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y al activismo feminista, dieron paso a la creación del tipo penal feminicidio en el Código Penal Federal mexicano en 2012. En otros países de Latinoamérica —región con tasas relativamente altas de homicidios de mujeres cometidos por parejas o familiares en comparación con otros continentes— se creó igualmente esta figura, aunque con diferentes definiciones. El tipo penal feminicidio en México está definido como privación de la vida de una mujer por razones de género (Código Penal Federal, artículo 325), punto este último que se acredita a partir de cualquiera de los siguientes supuestos: la víctima presenta signos de violencia sexual, lesiones o mutilaciones, incluyendo actos de necrofilia (incisos I y II); el homicidio se dio en el contexto de violencia familiar, laboral o escolar (III); el homicidio fue cometido por pareja sentimental (IV); hubo amenazas, acoso o lesiones previas (V); la víctima fue incomunicada (VI); el cuerpo de víctima fue expuesto en espacio público (VII).[2]

Visibilizar formas de violencia que en el no–tan–lejano pasado solo eran conocidas a partir de experiencias personales vividas o comentadas en nuestras esferas íntima y familiar implica construir contenidos apropiados para la difusión a través de uno de los principales agentes de socialización: los medios de comunicación, tema que abordaré a continuación.

 

Palabras que importan: la cobertura mediática del feminicidio a través de cuatro enfoques

Los medios tienen un enorme potencial para propagar mensajes con influencia en los ámbitos individual y social, ya sea normalizando, justificando o trivializando la violencia contra las mujeres, o invisibilizando este fenómeno, sus causas y formas de prevenirlo.

¿Cómo proceder? Al estudiar las recomendaciones que la bibliografía hace acerca de cómo abordar periodísticamente el tema del feminicidio resulta claro que estas se formulan desde distintos enfoques y, por tanto, partiendo de diferentes supuestos. En este escrito parto de la idea de que comprender el origen y los principios generales de cada enfoque hará más fácil adoptarlos en situaciones específicas. Considerando lo anterior, a continuación identificaré, primero, un enfoque tradicional de tratamiento periodístico que es el resultado de los constreñimientos típicos a los que están sometidas las organizaciones de medios. Y, posteriormente, comentaré perspectivas alternativas para el abordaje periodístico de los feminicidios.

 

El enfoque de la nota policiaca tradicional

En su selección de acontecimientos y en su asignación de espacios para las noticias, las organizaciones de medios siguen ciertos valores noticiosos que empujan a reportar lo reciente, lo cercano, pero, además, lo que es inusual o desviado de la norma (Taylor, 2009; Sorenson et al., 1998). La competencia entre medios para cubrir de manera oportuna los sucesos también favorece la preferencia por notas sobre sucesos atípicos y violentos (Sutherland et al., 2015). Asimismo, por razones comerciales, como lo es el atraer la atención de las audiencias, las organizaciones de medios pueden seguir estilos que apelan a las sensaciones y que enfatizan el drama, la violencia y el conflicto.

Debido a que los policías y funcionarios públicos son considerados la fuente “oficial” de información sobre sucesos de violencia, las y los periodistas son proclives a reproducir la perspectiva de estas fuentes públicas de información (Richards et al., 2011, p.179); perspectiva manifiesta en el lenguaje de los policías y sus boletines, en la selección de la información que dan a conocer sobre el hecho, en la comunicación de sus preconceptos sobre el hecho y sus estereotipos sobre víctimas y perpetradores.

Las organizaciones de medios también pueden reproducir estereotipos sociales. En el periodismo estadounidense, por ejemplo, se ha documentado la tendencia de los medios a producir notas periodísticas en las que las víctimas tienen piel blanca y los agresores piel morena (Gilliam & Iyengar, 2000). En el caso del feminicidio, se han criticado las tendencias de culpar a las víctimas, justificar a los perpetradores y minimizar esta forma de violencia de manera tal que se transmite la noción de que existen “cuerpos que importan más que otros” (Alcocer, 2014, p.115). El periodismo con las anteriores tendencias puede contrastarse con perspectivas alternativas, las cuales presento en los siguientes párrafos.

 

La perspectiva feminista

La violencia cometida por parejas íntimas solía entenderse primordialmente como un asunto privado, como un drama personal (Comas–d’Argemir, 2015). Son los movimientos feministas, a partir de la década de los setenta, los principales contribuidores de la visibilización de la violencia cometida por parejas íntimas; es también desde el movimiento feminista como surge la conceptualización del término femicidio (UNODC, 2018). Tras la década del 2000 los países latinoamericanos comienzan a incluir en sus códigos penales los homicidios de mujeres por razón de género, ya sea a partir de un nuevo tipo penal (femicidio o feminicidio) o como forma agravada del homicidio (UNODC, 2018).

¿Qué buscan los movimientos feministas? La respuesta no es unívoca, pues a la gran variedad de movimientos feministas corresponde un amplio rango de demandas y propuestas. Con todo, una definición de feminista propone que esta es “una persona que favorece la igualdad política, económica y social de todas las personas, independientemente de su género, y que por tanto favorece los cambios legales y sociales necesarios para lograr la igualdad de género” (Else–Quest & Hyde, 2017, p.46). En términos generales, una perspectiva feminista busca visibilizar la violencia de género que ha permanecido oculta por ser culturalmente aceptable y considerada un asunto privado (Comas–d’Argemir, 2015). Además, tiende a explicar esta violencia a partir de relaciones de género asimétricas que ocasionan desigualdades en la distribución de recursos y que son promovidas y perpetuadas por fenómenos como:

    • Las estructuras sociales patriarcales. Desde este punto de vista, el maltrato de las mujeres “es una forma de control y dominación masculina dentro de una jerarquía social” (Meyers, 1994, p.49; UNODC, 2018).
    • Los privilegios masculinos y las creencias que los sostienen. Por ejemplo, la tolerancia del abuso a partir del mito de que este es algo que los hombres no pueden evitar (Meyers, 1994) y otras creencias que justifican o minimizan la participación de los hombres en actos de violencia de género (UNODC, 2018).
    • Las actitudes de odio contra las mujeres o que culpan a las mujeres de problemas sociales, ya sea por no ejercer adecuadamente sus roles de madres o esposas, por ejercer libremente su sexualidad, etcétera.

Como vimos, este enfoque enfatiza el papel de factores sociales y culturales en la reproducción de la violencia de género, razón por la cual debe informarse sobre estos en las notas periodísticas (Fairbairn & Dawson, 2013). El siguiente enfoque también considera importante el contexto social, pero además propone difundir información sobre factores de riesgo que permita prevenir daños.

 

La perspectiva de salud pública

Desde esta perspectiva, los delitos y la violencia deben abordarse periodísticamente como asuntos de salud pública, es decir, con un estilo más cercano al del periodismo de salud que al de la nota policiaca (Coleman & Thorson, 2002; Thorson, 2006). ¿Y esto qué implica? En general, “aplicar las mismas herramientas que las que se usan para reducir y controlar otras epidemias” (Thorson, 2006, p.177), a saber: 1) Entender las interacciones entre víctima, agente y entorno; 2) definir factores de riesgo, y 3) desarrollar métodos para prevenir el daño o la muerte.

En términos más concretos, lo anterior implica pasar “de reportar que los individuos son responsables de la violencia a abordar las causas sociales subyacentes y dar al delito un contexto que ayude a los ciudadanos a entender de dónde viene y qué acciones pueden reducirlo” (Coleman & Thorson, 2002, p.402). En otras palabras, enfocarse en la “prevención primaria”, es decir, detener la violencia antes de que ocurra (Sutherland et al., 2015). Asimismo, desde este enfoque se priorizan los elementos comunes, como pueden ser los grupos y entornos sociales de alto riesgo (Sorensen et al., 1998).

Al igual que la perspectiva feminista, la perspectiva de salud pública se contrapone directamente a varios aspectos del periodismo tradicional de nota policiaca. Desde la salud pública se critica que el periodismo tienda a enfatizar crímenes violentos que son relativamente poco comunes en comparación con crímenes que amenazan de manera más frecuente la salud, como la violencia sexual (Thorson, 2006). Un segundo blanco de críticas es que la nota policiaca tradicional suele ignorar los procesos causales y contextuales que producen los patrones delictivos, como lo son la correlación entre desempleo y criminalidad, así como el hecho de que una gran proporción de delitos son cometidos bajo la influencia de bebidas embriagantes (Thorson, 2006).

 

Cultura legal y armonización con el sistema de justicia penal acusatorio

Recientes transformaciones en el marco jurídico mexicano, aunadas a esfuerzos por impulsar desde la cultura actitudes favorables a la legalidad y al Estado de derecho, vuelven al periodismo un campo fértil para tensiones entre el derecho del público a saber y otros derechos. Entre tales hitos legales se incluyen la reforma de derechos humanos de 2011 y la reforma del sistema de justicia penal de 2008. Ante tal panorama, se ha invocado la necesidad de impulsar a través del periodismo una cultura de legalidad (Lozano et al., 2012; Gómez–Rodríguez & Rodelo, 2017) y de construir narrativas complejas que sean capaces de explicar el proceso de consolidación democrática y de inspeccionar el ejercicio del poder público a pesar del afán de ocultar información mediante tecnicismos legales (Carreño Carlón & López Noriega, 2015).

El apego a la cultura legal implica respetar los derechos de las víctimas, los derechos de la personalidad de involucrados y los derechos del imputado a la presunción de inocencia y al debido proceso. Forman parte de estos últimos: el derecho de las víctimas al resguardo de su identidad cuando sean menores de edad, cuando se trate de delitos de violación, trata, secuestro o delincuencia organizada (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 20–v);[3] el derecho del imputado a no ser expuesto en los medios de comunicación antes de que exista una sentencia (Código Nacional de Procedimientos Penales, en adelante CNPP, artículo 113–XIV); la prohibición de divulgar datos personales de personas sujetas a proceso penal, con la excepción de fugitivos (CNPP, artículo 106) y la reserva temporal de los documentos relacionados con el caso (CNPP, artículo 218).

Además, este enfoque supone el desarrollar una postura crítica que no se limite a reproducir dichos, prácticas y términos “oficiales” y que, por ende, pase por alto ilegalidades (Sarre, 2015; Lara Klahr, 2011). En otro análisis, por ejemplo, se denunció la tendencia de reproducir y transcribir datos de boletines gubernamentales pasando por alto importantes omisiones legales en la declaratoria de la alerta de género en Jalisco (Ramos Ponce & Núñez, 2017).

 

Rasgos comunes en el reporte periodístico de feminicidios

Los estudios sobre el tema han encontrado numerosos aspectos problemáticos en la representación periodística del feminicidio. Con el propósito de organizar el recuento de tales críticas y los argumentos que las sustentan, en la tabla 4.1 se clasifican rasgos asociados a los diferentes enfoques organizados de acuerdo con las distintas dimensiones de cobertura: información sobre antecedentes y circunstancias del evento feminicida, el lenguaje y la información sobre la víctima y el perpetrador, la información sobre el contexto social y las fuentes de información. Aunque existen otros elementos relevantes, estos últimos son los que han recibido más atención por parte de quienes han investigado la cobertura del feminicidio. Además de permitir comparar de un vistazo los enfoques, la tabla 4.1 también hace posible el examinar la manera en que los enfoques feminista, de salud pública y de cultura legal pueden complementarse entre sí.

El feminicidio en los medios de comunicación

¿Cómo se materializan los enfoques periodísticos y rasgos descritos en la sección anterior en la cobertura periodística de los feminicidios perpetrados en Jalisco? Para dar cuenta de esto, analicé 48 reportes periodísticos que hicieron alusión a uno o más probables feminicidios perpetrados en el estado de Jalisco en el año de 2019 y publicados en 27 diferentes portales de noticias.[4] Todas las notas periodísticas fueron revisadas y codificadas usando códigos que hicieron alusión a los elementos y rasgos previamente identificados en estudios sobre el tema (ver tabla 4.1), pero también a rasgos particulares relacionados con el contexto local y nacional. Ejemplos de los primeros fueron “circunstancias diligencias” y “víctima vestimenta”. Un código que recupera un rasgo particular de las notas sobre feminicidios perpetrados en Jalisco fue “contexto alerta de género”.

Para dar cuenta de los resultados de este análisis de notas periodísticas se presentan, primero, ejemplos de rasgos de contenido afines a una perspectiva policiaca y, enseguida, ejemplos con rasgos asociados a las perspectivas de salud pública, feminismo y periodismo judicial.

 

Asesinada a machetazos: cubrir el feminicidio con una perspectiva policiaca

Desde la perspectiva policiaca, los sucesos informados tienden a ser primordialmente hechos violentos o que implican una desviación de las normas. Este criterio de selección es patente desde el examen de los titulares elegidos para las notas, los cuales reproducen la información que se considera más importante. En los siguientes ejemplos se explotan los elementos violentos del hecho y se transmite la idea de que el hecho es algo trivial (“otra más”):

Asesinan y prenden fuego a una mujer en Guadalajara (Vallarta Independiente, 16 de septiembre de 2019).

Otra mujer asesinada a machetazos en Puerto Vallarta; hay dos lesionadas (El Informador, 21 de agosto de 2019).

La mayoría de las notas centradas en un caso específico de feminicidio fueron desencadenadas por el hallazgo del cuerpo del delito.[5] Fueron escasas las notas que se centraron en la vinculación a proceso de un imputado o en etapas posteriores del procedimiento penal —como por ejemplo la ejecución de sentencia—. Las narrativas policiacas típicamente comprenden el lugar y la fecha del suceso, detalles acerca de la escena del crimen o las acciones realizadas por el perpetrador durante la comisión del delito (modus operandi) y, finalmente, las diligencias realizadas por el personal de la policía tras recibir una denuncia, las cuales incluyen, entre otras, el registrar indicios, proteger a las víctimas, recolectar objetos, entrevistar a testigos y preservar el lugar de los hechos.

El reporte del sitio exacto del crimen es problemático por varias razones. Primero, en los casos de feminicidio con frecuencia coincidirá con el domicilio de la víctima, con lo cual permite la identificación de la víctima. Segundo, puede contribuir a generar un estigma sobre los lugares mencionados y las personas que lo habitan. Tercero, puede fortalecer la creencia de que la violencia contra las mujeres es un fenómeno que ocurre únicamente a personas de una clase social específica o en entornos de alta precariedad económica —es decir, algo que le pasa a otros.

Además de su género, el segundo dato con mayor frecuencia reportado acerca de la víctima es su edad. En la descripción de la víctima y las circunstancias del hecho puede culparse indirectamente a la víctima. Algunos ejemplos de culpabilización de la víctima dentro de las notas analizadas fueron alusiones a un hermano muerto, a su vestimenta, a que la víctima fue “ejecutada”, a que previamente había regañado al agresor, o a que participó en una pelea de pareja de manera previa al episodio.

Juan Manuel “N” comenzó a discutir con su hermana debido a que ella le reclamó por su higiene, por lo que éste le comenzó a pegar con un palo (“Procesan a presunto,” 2019).

Vecinos de la zona, indicaron que apenas el año pasado un hermano de la mujer hoy asesinada corrió con la misma suerte (Escamilla, 2019).

En el primero de los ejemplos, quienes lean la nota pueden interpretar la circunstancia del episodio como una justificación del comportamiento del presunto feminicida. En el segundo extracto, quienes lean la nota pueden interpretar el dato referido como una explicación plausible del hecho tal vez la víctima estaba inmiscuida con la delincuencia organizada— que culpabiliza a la víctima.

Otra tendencia es la de usar calificativos que apelan a las emociones y narraciones que provocan morbo. La presencia de ambos elementos reafirma que el delito se reporta periodísticamente por la atracción malsana que puede provocar en quienes leen, lo cual es una manera de usar de explotar y revictimizar a las víctimas:

FUERTE VIDEO:[6] Un sujeto, asesina a una mujer que caminaba por una avenida de Guadalajara, Jalisco / ADVERTENCIA: IMÁGENES FUERTES / El homicidio se registró por la mañana de este miércoles a solo unos pasos de la dependencia estatal donde la víctima laboraba, ubicada en la capital de Jalisco. […] / Aunque el crimen ocurrió el miércoles las escenas de la agresión se difundieron hasta este jueves, para intentar así dar con los responsables de este cobarde crimen (“Fuerte video”, 2019).

Los oficiales encontraron dentro de un inmueble, tendida sobre su costado derecho, a una mujer de entre 30 y 35 años de edad, de piel morena clara, lesionada y ensangrentada. / Paramédicos confirmaron que había muerto y estimaron que la habían asesinado aproximadamente siete horas antes. / Estaba “apuñalada con un machete con heridas en cuello, rostro, manos y espalda, al parecer en estado de gestación”, informó la Policía Municipal, que aclaró que será Ciencias Forenses quien lo determine. / La víctima vestía pantalón de mezclilla, top azul y tenía encima una sábana amarilla. No fue identificada (“Asesinan a una mujer,” 2019).

En las notas con perspectiva policiaca predominan las fuentes públicas, es decir, los funcionarios públicos; en particular, policías preventivos, pero también titulares de fiscalía, división, comisarías, comisiones especiales, reportes oficiales, etcétera. Las notas atribuyen directamente la información a agentes policiacos a través de frases de atribución y de citas textuales, pero también es común que no se haga explicita la participación de estos como fuentes de información, sino que esta se entienda gracias a la manera en que la nota reproduce el lenguaje, datos, temas y perspectiva policiacos:

Por un feminicidio y tentativa del mismo delito en Puerto Vallarta, logra la fiscalía vincular a probable responsable (“Procesan a presunto,” 2019; cursivas añadidas).

Debido a que suelen desencadenarse a partir del hallazgo del cuerpo del delito, es común que las notas periodísticas omitan referencias explícitas a la participación de un perpetrador, excepto en los casos en los que este es encontrado en la escena del crimen. Aunado a esto, gran parte de las notas analizadas omitieron estadísticas o datos acerca del entorno social en el que están insertos perpetradores y víctimas.

 

Perspectivas alternativas: incorporando rasgos de las perspectivas feminista, de salud pública y periodismo judicial a la cobertura del feminicidio

Como vimos, las notas con enfoque policiaco fueron desencadenadas por un episodio criminal específico o el seguimiento de este (con énfasis en sucesos poco comunes y violentos y sin dar datos sobre el contexto social). Sin embargo, las notas periodísticas pueden girar en torno a temas más que en torno a episodios. Es decir, centrarse en el entorno social en que ocurre el fenómeno a través del reporte de problemas sociales y las acciones de política pública para atenderlos. Lo anterior, mediante el uso de estadísticas, testimonios de expertos, viñetas, etcétera.

Informar no solo el qué, sino el antes y el después proporciona mayor luz para comprender los problemas sociales: ¿Qué pasa con las mujeres que matan a sus parejas al defenderse de agresiones —evitando de esta manera convertirse en víctimas de feminicidio? ¿Cuál es el destino de los menores huérfanos por feminicidio y sus cuidadoras? ¿Son sentenciados los perpetradores de feminicidios? Un reportaje desarrolló a partir de viñetas uno de los temas anteriores en el contexto de la discusión de la Ley de Amnistía para las Mujeres Víctimas de Violencia de Género:

Mibsam está sentenciada a 17 años y 8 meses por el parricidio de José Alfonso en junio de 2015. Samantha, en cambio, cumple casi tres años bajo proceso por el asesinato de José Francisco en noviembre de 2016. Son dos casos espejo: ambas respondieron a la agresión de su pareja (“Eligen entre morir,” 2019).

En el apartado anterior se mencionó que desde la perspectiva feminista la mención de antecedentes de violencia en el contexto de la relación es relevante si ayuda a quien lee a comprender que este tipo de homicidios no se dan de manera accidental o espontánea, sino que con frecuencia son precedidos por un patrón de abuso creciente, mientras que puede ser contraproducente si indirectamente culpabiliza a la víctima por no terminar a tiempo la relación o no tomar medidas de autoprotección (Fairbairn & Dawson, 2013). En el siguiente fragmento se menciona un patrón de abuso y se señala que la víctima había realizado acciones para frenar la violencia; el foco de atención se dirige hacia la autoridad responsable de protegerla:

Vanessa había denunciado desde hace dos años las agresiones de Irving, por lo que contaba con tres órdenes de protección giradas por las autoridades municipales de Guadalajara. Se encontraba, además, en un proceso de divorcio, según informó el fiscal, quien dijo que se revisará el caso para indagar si hubo una posible omisión por parte de funcionarios (“Un feminicidio perpetrado”, 2019).

Algunas notas periodísticas incorporaron datos sobre los supuestos que acreditan la comisión de este delito. Entre estos figuran la mención del ámbito en que fue asesinada la víctima y de la relación íntima o familiar entre víctima y perpetrador. Sin embargo, es común que las notas presenten estos datos sin explicar su relevancia. El siguiente ejemplo va más allá de la narrativa policiaca, pues ofrece información que permite entender el tipo penal feminicidio. En la siguiente nota publicada por El Debate la entrevistada alude a las razones de la baja cantidad de casos catalogados como feminicidios.

[La fiscalía de Jalisco] (Investigaba como feminicidios) sólo aquellos que tenían que ver con el ámbito doméstico, dejaba afuera todos los demás que tenían que ver con el ámbito más comunitario o de estructuras criminales […] Así sea el crimen organizado, son feminicidios (Agencia Reforma, 2019).

Las estadísticas son otro tipo de información que alude al entorno social en que se da esta forma de violencia. Las notas analizadas dieron cuenta principalmente de conteos absolutos de casos, tasas de crecimiento de violencia y proporciones de mujeres afectadas. Pero la información sobre el contexto social no se agota en las estadísticas. Comprender el contexto social pasa por conocer las acciones de las instituciones y políticas públicas en torno a la violencia de género. Algunas de las notas analizadas dieron cuenta de la declaración de la alerta de violencia de género en Jalisco, un mecanismo de protección de derechos humanos activado por la Secretaría de Gobernación hacia finales de 2018. Por ejemplo, varios medios retomaron el “Informe especial sobre la situación de violencia contra las mujeres en correspondencia con los mecanismos de alerta de violencia contra las mujeres y alerta de género”, elaborado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco, para denunciar la ausencia de un grupo especializado en búsqueda y las deficiencias en el seguimiento de las órdenes de protección de mujeres. En varias de las notas analizadas se explicó que relativamente pocos asesinatos de mujeres son catalogados como feminicidio debido a que las autoridades aún se resisten a incorporar la perspectiva de género.

Un reportaje examinó críticamente una medida preventiva —la denuncia telefónica—. La pieza periodística sobre el uso de la línea telefónica 911 para denunciar violencia de género dio lugar para plantear no únicamente estadísticas sobre las llamadas telefónicas, sino también problemas que la recién creada Comisaría para la Atención Especializada a las Violencias de Género en Guadalajara debe atender. Esto tiene como resultado el redirigir
la atención hacia el Estado como encargado de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia:

“Estamos en Liceo y Jesús García. Un hombre está golpeando a una mujer contra un coche. Está muy violento…”. / Marcela recuerda que ese fue el mensaje que emitió, en abril, al número de emergencias 911 para pedir ayuda. / Dice que sintió impotencia al ver la escena desde su coche, en plena vía pública, y más porque tardaron más de cinco minutos en contestar […] Hace dos semanas, Claudia escuchó un golpe. Después vinieron los gritos y quejidos de una mujer. / Sabía que sus vecinos tenían una pelea. “Mi vecino está golpeando a su pareja”, le dijo a la operadora del 911. / Estas dos llamadas son parte de las ocho mil 471 que se realizaron, entre enero y julio, a esta línea en la Entidad por violencia contra mujeres (“Jalisco desbanca”, 2019).

La misma nota de El Informador recuperó la experiencia de mujeres que crearon un grupo de WhatsApp para compartir información sobre sus traslados:

“Me subí a un camión donde sólo vamos el chofer y yo, ¿me siguen?”, se lee en un mensaje de texto. No pasa ni un minuto cuando viene la respuesta: “Te sigo. Te sigo. Te sigo”. Ante la desconfianza en las autoridades, algunas mujeres tapatías han optado por crear “grupos de seguridad” en aplicaciones móviles para compartir su ubicación en tiempo real al tomar algún taxi ejecutivo o al desplazarse por la ciudad (“Jalisco desbanca,” 2019).

La alusión a causas sistémicas de la violencia contra las mujeres —como lo son las actitudes de odio contra las mujeres y la tolerancia del abuso de estas— estuvo asociada al uso de fuentes expertas:

Al ser considerados sólo 20% por feminicidios, el 80% restante se consigna como homicidio o parricidio y esto solo minimiza la violencia en contra de las mujeres, expresó. / “Hablamos de una violencia patriarcal donde hay un manto protector sobre los feminicidas”, expresó, para luego destacar los casos que ha habido en Jalisco, al menos tres confirmados, donde a pesar de orden de protección, ellas fueron asesinadas (Chávez, 2019).

Escapando del uso exclusivo de fuentes policiacas, algunas notas analizadas hicieron uso de personas expertas en violencia de género pertenecientes a organizaciones civiles tales como el Comité de América Latina y el Caribe por la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem), el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio y Amnistía Internacional. Como se mencionó anteriormente, el uso de personas expertas como fuentes dentro de las notas analizadas se asoció con la presencia de información sobre el entorno social:

“Es preocupante que nosotras nos tengamos que organizar de estas maneras para proveernos seguridad de manera autónoma, porque la respuesta de las autoridades y las empresas de transporte deja mucho que desear”, comentó Claudia Custodio, quien forma parte del colectivo Calle sin Acoso de Guadalajara y es promotora de uno de estos grupos (“Jalisco desbanca,” 2019).

¿Qué hay de los rasgos asociados a la cultura de legalidad? Entre estos figuran el respeto a los derechos de los involucrados y el guardar una postura crítica ante mensajes oficiales. Las notas analizadas en gran medida omitieron la divulgación de los nombres completos de las víctimas, presuntos responsables e involucrados. Sin embargo, como se mencionó en el apartado anterior, en una gran cantidad de notas se proporcionó el domicilio de las víctimas (cruce de calles del sitio del hecho), lo cual permite su identificación.

Por otra parte, con gran frecuencia las notas con enfoque policiaco refirieron que en la investigación del hecho reportado se seguirá el protocolo de feminicidio, frase que evoca la orden anunciada por el gobernador del estado de Jalisco al comienzo de 2019 (Reza, 2019). Pero, ¿qué hay más allá del discurso de las autoridades? Aunque son mayoría, tales noticias coexisten con reportajes en los que se da voz a familiares y expertos para denunciar la falta de perspectiva de género en la aplicación de la ley, la cual obstaculiza la custodia a familiares y la acreditación de la legítima defensa en casos de mujeres presas por el homicidio de sus agresores, o bien, para señalar la cantidad de sentencias de feminicidio dictadas (Rivera, 2019).

 

Para la reflexión: retos y oportunidades 

Tres de los enfoques abordados —salud pública, feminista y cultura legal— proporcionan herramientas complementarias entre sí para dar cuenta del fenómeno del feminicidio, proveyendo información sobre sus causas y factores contribuidores, propiciando la prevención de delitos y respetando el debido proceso y los derechos de involucrados. Lo anterior, valiéndose de la ayuda de documentos y testimonios de personas expertas, familiares y fuentes públicas.

Pese a esto, los probables feminicidios se reportan con suma frecuencia con un enfoque policiaco. Este último es problemático por omitir datos del contexto social y omitir datos que fomenten una comprensión del problema de la violencia y sus causas. Estos artículos periodísticos suelen propiciarse a partir de un evento de violencia homicida y centrarse en este; en menor medida se centran en etapas del proceso penal, como lo puede ser el reportar sobre sentencias de casos o el proveer un panorama sobre cómo se libran los procesos penales de feminicidio. La abundancia de detalles sobre los modus operandi y diligencias policiacas contrasta con la ausencia de información que relacione el hecho con el entorno social. Por las anteriores razones, cubrir los probables feminicidios con un enfoque policiaco no contribuye a la comprensión de las causas particulares de la violencia contra las mujeres y trivializa el feminicidio. Con esto último me refiero a que, aunque las notas definan el episodio como feminicidio, no ofrecen elementos para que quienes lean se informen acerca de en qué consiste este tipo penal y relacionen el delito con la violencia de género y sus causas sistémicas.

Los enfoques alternativos plantean retos y oportunidades. Me valdré de una analogía: la perspectiva de salud pública pudo vislumbrarse en la cobertura de la crisis del dengue en Jalisco de 2019. Durante esta fue habitual que medios mencionaran estadísticas e información sobre factores de riesgo y causas. La nota “Diez colonias concentran 1 de cada 4 casos de dengue en la ZM de Guadalajara”, de El Informador (Lomelí, 2019), aborda un problema común (dengue), datos sobre factores de riesgo (colonias donde se concentran los casos), causas de la propagación del mosquito y medidas de prevención. En ambos fenómenos, dengue y feminicidio, están involucradas cantidades significativas de personas afectadas en Jalisco: 24 defunciones por dengue hasta la semana epidemiológica 44 según Secretaría de Salud; 116 mujeres asesinadas entre el 1 de enero y el 28 de mayo de 2019 de acuerdo con el Instituto de Información Estadística y Geográfica de Jalisco. ¿Por qué reservar el enfoque de salud pública para el dengue y obstinarse en una cobertura policiaca para el feminicidio?

Las situaciones de precariedad laboral en el periodismo de Jalisco se han agudizado en los últimos meses. ¿Se trata de un mal momento para criticar la actividad periodística? El entorno precario no debe ser justificación para dejar de cumplir con la función de suministrar los insumos necesarios para que la ciudadanía ejerza el derecho a la información. Funge, por el contrario, como una razón más para brindar la mayor atención y reconocimiento a esta actividad. Motiva, asimismo, la búsqueda de herramientas que ayuden a su ejercicio.

 

Referencias

Agencia Reforma (2019, 26 de febrero). Imparables los feminicidios en Jalisco; van 47 víctimas en Jalisco. El Debate. Recuperado de https://www.debate.com.mx/mexico/Imparables-los-feminicidios-en-Jalisco-van-47-victimas-en-2019-20190226-0053.html

Alcocer Perulero, M. (2014). “Prostitutas, infieles y drogadictas”. Juicios y prejuicios de género en la prensa sobre las víctimas de feminicidio: el caso de Guerrero, México. Antípoda. Revista de Antropología y Arqueología (20), 97–118.

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[1] Algunas formas de violencia en que las víctimas son en mayor medida mujeres y los perpetradores hombres son la trata de personas, el abuso sexual infantil, el acoso sexual, la violación, la violencia doméstica y de pareja, el homicidio de menores (infanticidio) y el homicidio de parejas sentimentales (Else–Quest & Hyde, 2017).

[2] Asimismo, el feminicidio está definido en el artículo 232–Bis del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Jalisco, también adicionado en 2012.

[3] Asimismo, las instancias de procuración de justicia deberán como medida a favor de las víctimas y familiares “Resguardar su identidad y datos personales cuando sean personas menores de edad, se trate del delito de feminicidio” (Protocolo de investigación del delito de feminicidio con perspectiva de género para el estado de Jalisco, punto 6).

[4] Para encontrar las notas periodísticas, se utilizó la frase de búsqueda (feminicidio or feminicidios or asesinan or homicidio or matan) and (mujer or mujeres or femenino or femenina) and 2019 and (Jalisco or Zapopan or Guadalajara or ZMG or Tlaquepaque or Tonalá or Tlajomulco or “Puerto Vallarta” or “Lagos de Moreno”) en la búsqueda web de noticias de Google. El anterior criterio de selección nos permitió obtener una muestra variada de notas que tienen en común su buen posicionamiento en el mencionado motor de búsqueda (por tanto, una alta lectoría).

[5] “Conjunto de elementos objetivos que constituyen la materialidad de la figura delictiva descrita concretamente por la Ley Penal”. Tesis “cuerpo del delito. concepto de”, apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917–1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 86, p.186.

[6] Debe considerarse además que los registros y documentos asociados al caso —como lo es en este caso el “fuerte video”— están por ley reservados y las partes son las únicas que pueden tener acceso a estos (CNPP, artículo 218).