Agresiones contra periodistas y promulgación de la ley de protección en Jalisco

Frida V. Rodelo
Darwin Franco

 

La libertad de expresión es vital para el funcionamiento de la democracia: por un lado, es considerada un derecho instrumental para el disfrute de los demás derechos (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2009); asimismo, la participación en un gobierno democrático requiere que los ciudadanos tengan conocimiento de los asuntos públicos así como completa libertad en su expresión de opiniones e informaciones sobre estos, y en la indagación y búsqueda de información.

Como individuos que ejercen de manera intensa estas actividades, la labor de los periodistas es fundamental para la participación en el gobierno democrático. Con todo, en los últimos años en México se ha atestiguado un preocupante aumento de limitaciones del ejercicio periodístico y de atentados contra periodistas, lo cual, aunado a la impunidad imperante, motivó la promulgación en 2012 de la Ley de Protección a Defensores de Derechos Humanos y Periodistas y la posterior creación del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, con el objeto de garantizar la integridad de estos grupos particularmente vulnerables. Desde el año 2000 han sido asesinados 111 periodistas en México y 23 más se encuentran desaparecidos (Artículo 19, 2017a).

La distribución de agresiones contra periodistas es desigual dentro del territorio mexicano: las entidades de Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz, Puebla y Guerrero concentraron 57% de los casos de agresiones registrados durante 2016 (Artículo 19, 2017a). Esta situación no ha dejado al estado de Jalisco exento de situaciones de vulneración de la libertad de expresión de periodistas. Un análisis de notas periodísticas y reportes de organizaciones dio cuenta de que en esta entidad han sucedido en los últimos años múltiples casos de violaciones de la libertad de expresión: periodistas han sido victimizados lo mismo en el Área Metropolitana de Guadalajara que en las demás regiones del estado, sin distinción de género ni de sector de medios (periódicos, radio, televisión, blogs) y en diferentes modalidades de agresión: golpes, detención arbitraria, robo, intimidación, presiones, amenazas e incluso homicidio (Rodelo, 2014). El mismo análisis reveló que en la mayoría de los casos los agresores son funcionarios públicos, tendencia acorde con los análisis que se han realizado a escala nacional. Al respecto, la organización de defensa de la libertad de expresión Artículo 19 ha contabilizado, desde el año 2000, 29 agresiones contra medios y periodistas en Jalisco (Artículo 19, 2017a).

En este texto se examinarán los casos del homicidio de Jonathan Rodríguez, periodista asesinado en Autlán de Navarro, Jalisco, y la promulgación por el Congreso del Estado de Jalisco de la Ley Estatal de Protección de Periodistas y Defensores de Derechos Humanos a finales de 2016.

 

El homicidio de Jonathan Rodríguez

El mismo día en que fue asesinado el periodista Javier Valdez Cárdenas en Culiacán, Sinaloa, fueron agredidos los periodistas jaliscienses Sonia Córdova Oceguera y Jonathan Rodríguez Córdova. Madre e hijo, ambos trabajadores del semanario informativo El Costeño, fueron atacados el 15 de mayo de 2017 alrededor de las 17 horas, después de que el vehículo en el que viajaban fuera interceptado por una camioneta negra sin placas de la que bajaron cinco sujetos armados. Uno de los agresores abrió la puerta del vehículo de los periodistas para dispararles. Jonathan recibió cuatro tiros y Sonia, dos. Jonathan Rodríguez, quien fungía como reportero en El Costeño, perdió la vida en el lugar de los hechos. Por la gravedad de sus heridas Sonia Córdova, subdirectora comercial del semanario, fue trasladada a un hospital de Guadalajara.

El Costeño es un semanario con sede en el municipio de Autlán de Navarro, al sur de Jalisco, que se creó en el seno de la familia Rodríguez Córdova, y al igual que otros medios regionales ha mantenido su operación y circulación gracias a este tipo de estructura. Su director, Héctor Rodríguez —padre de Jonathan y esposo de Sonia— señaló tras el asesinato que ellos habían denunciado ante autoridades municipales y federales amenazas y actos de intimidación perpetrados el 12 y 14 de mayo, días previos al incidente: la presencia de personas armadas afuera de su domicilio y llamadas telefónicas con las que se les advirtió de un atentado contra la vida de los integrantes del semanario (Artículo 19, 2017b). A pesar de las denuncias de Rodríguez, las autoridades no brindaron las medidas de protección previstas tanto en la Ley Federal como en la Ley Estatal para la Protección de Defensores de Derechos Humanos y Periodistas.

Fabricio Corona, alcalde de Autlán de Navarro, tuvo conocimiento de las amenazas e intimidaciones y aseguró a Héctor Rodríguez que realizaría algunas llamadas para ayudarles (Artículo 19, 2017b). Sin embargo, la única llamada que recibió de su parte el periodista fue para recibir el pésame por la muerte de su hijo y para desear una pronta recuperación para Sonia. El 15 de mayo en todo el país se realizaron diversas manifestaciones por el asesinato de Javier Valdez Cárdenas. La muerte de Jonathan Rodríguez apenas fue mencionada.

La Fiscalía General del Estado de Jalisco, encargada de la investigación, ha informado que por este crimen existen dos líneas de investigación. La primera línea sugiere un ataque personal en contra de Jonathan Rodríguez, mientras que la segunda se enfoca en la actividad periodística de El Costeño, que antes del atentado había publicado artículos sobre la detención del líder de una organización criminal de El Grullo, municipio que colinda con Autlán de Navarro. A la fecha, las autoridades no han anunciado avances en ninguna de las dos líneas de investigación.

Otros medios de comunicación en el estado de Jalisco han sufrido amenazas y acoso de grupos de la delincuencia organizada: entre 2013 y 2015 los integrantes de la publicación digital Letra Fría fueron amenazados, por lo que decidieron no volver a cubrir ningún tema relacionado con el narcotráfico. De acuerdo con Carmen Aggi Cabrera, directora editorial de Letra Fría, el mensaje recibido fue: “Déjense de pendejadas que no los queremos matar”. Pese a las presiones, Letra Fría publicó su primer número impreso en agosto de 2017 (Franco, 2017).

Aunque la organización Artículo 19 (2017a) registra 29 agresiones contra periodistas y medios de comunicación cometidas en Jalisco entre 2000 y 2017, solamente hay tres carpetas de investigación abiertas por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión, de las que no se reportan avances (Feadle, 2017). En Jalisco se han cometido tres asesinatos de periodistas (José Reyes Brambila, en Guadalajara, el 17 de septiembre de 2005; José Emilio Galindo Robles, en Zapotlán El Grande, el 24 de noviembre de 2009, y Jonathan Rodríguez Córdova, Autlán de Navarro, el 15 de mayo de 2017); además del ataque con artefactos explosivos contra la fachada del periódico Mural perpetrado el 18 de abril de 2013, así como agresiones físicas y psicológicas contra los reporteros Carmen Aggi, Jade Ramírez, Ricardo Balderas y Darío Pereira, entre otros casos. Balderas y Pereira fueron detenidos con violencia excesiva por policías municipales y estatales por tener un físico “parecido” al de un sospechoso.

En la defensa de la libertad de expresión los periodistas están solos. Héctor Rodríguez, padre de Jonathan, no tuvo en quién ampararse cuando días antes del atentado contra su esposa y su hijo recibieron fuertes amenazas. Lo mismo vivió Carmen Aggi cuando Letra Fría y ella fueron amenazados: “Ese día decidimos que ni Letra Fría ni Carmen Aggi cubrirían el narco porque, si lo hacíamos, nos matarían. Es muy jodido porque nos están diciendo qué cubrir y qué no. Es duro pero sabemos que en esto estamos solos, no hay solidaridad gremial aquí en la región”.

 

Promulgación de la Ley estatal de protección y reforma del código penal de Jalisco

Desde la década del año 2000, varias legislaturas locales han promulgado leyes especiales para el ejercicio del periodismo con distintos objetos, entre los cuales se encuentran el garantizar derechos profesionales —como el secreto profesional y la cláusula de conciencia—, proteger la integridad y seguridad de los periodistas e incentivar la actividad periodística.

El 20 de diciembre de 2016 fue publicada en el periódico oficial El Estado de Jalisco la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Jalisco (en adelante, Ley Jalisco). El decreto también incluye adiciones y reformas al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Jalisco (en adelante, Código Penal de Jalisco) para:

• Incrementar hasta en un tercio la pena en los delitos de desaparición forzada, tortura y agresiones cuando la víctima sea periodista con motivo de su actividad (Código Penal de Jalisco, artículos 154–B, 154–I y 188, respectivamente).

• Fijar como circunstancia calificada de los delitos de lesiones y homicidio el que la víctima sea periodista con motivo de su actividad (Código Penal de Jalisco, artículo 219).

• Añadir el delito contra la libertad de expresión, el cual consiste en obstaculizar, impedir o reprimir “la producción, publicación, distribución, circulación o difusión de algún medio de comunicación masiva” (Código Penal de Jalisco, artículo 309).

La Ley Jalisco se promulgó con el objeto de establecer una cooperación estado–federación en armonía con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (en adelante, Ley Federal), publicada en 2012. La Ley Federal es la que fundamenta al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, el cual tiene como objeto “implementar y operar medidas de prevención, medidas preventivas y medidas urgentes de protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo” (Ley Federal, artículo 1).

En consonancia con la Ley Federal, la Ley Jalisco define periodista de manera amplia, de tal manera que se admite que esta actividad pueda ser no remunerada, no permanente y no confinada a medios tradicionales. Esto va en consonancia con estándares fijados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2013, p.1). Asimismo, considera agresión no solo los daños a la integridad física, sino también los daños psicológicos, las intimidaciones, amenazas y hostigamientos (Ley Jalisco, artículo 2). Además de lo anterior, la ley estatal:

• Establece las atribuciones de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Jalisco para instrumentar en el plano estatal el Mecanismo, entre las cuales se hallan la evaluación de medidas, aplicación de protocolos y administración de recursos presupuestales asignados.

• Establece la figura de un consejo consultivo conformado por expertos en periodismo y derechos humanos, quienes participarán de manera honorífica en la instrumentación a escala estatal del Mecanismo.

La Ley Jalisco ha recibido múltiples reproches en el ámbito local por las siguientes razones.

Falta de consulta y confusión sobre el contenido de la ley. En varios de los estados las leyes de protección fueron promovidas por los propios periodistas (Hernández López, 2015) o al menos las legislaturas buscaron la participación de los interesados a través de la organización de foros públicos. La Ley Jalisco, en cambio, no se originó por iniciativa de los periodistas: activistas y periodistas críticos señalaron que los periodistas y defensores de derechos humanos no fueron convocados para participar en la elaboración de la ley ni conocieron las iniciativas que diferentes bancadas del Congreso de Jalisco estaban preparando (Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos”, 2017).

Un grupo de periodistas jaliscienses comenzaron a reunirse para saber qué podrían hacer para lograr que la ley representara las necesidades de los periodistas locales. Jade Ramírez, periodista e integrante del primer consejo consultivo del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, señaló en ese momento: “Si la ley únicamente se armoniza con la reglamentación federal se corre el riesgo de que esta solo sea un membrete y no un real mecanismo de protección”. La periodista convocó a reuniones y acciones de protesta, pero la respuesta fue exigua.

La cobertura periodística sobre este tema en la prensa local ha sido escasa y, entre esta se hayan artículos de prensa que exhiben errores factuales importantes (El Informador, 2016, 6 de diciembre). Lo anterior puede deberse a que en el Congreso local las bancadas legislativas desarrollaron diferentes proyectos para cuya elaboración, como se mencionó, no se consultó a periodistas. La confusión también puede ser producto del desinterés y escepticismo respecto a los alcances de esta ley.

Desestimación del Mecanismo de Protección. Los periodistas locales que conocen del tema desestimaron su participación en el consejo consultivo de la Ley Jalisco, pues no desearon “validar un proceso del que tienen muy claras sus debilidades” (Balderas, 2017, 18 de julio). En el plano nacional, el Mecanismo de Protección fue fuertemente criticado desde su puesta en marcha por resultar ineficaz y por no contar con recursos monetarios suficientes para operar (Artículo 19, 2013). El homicidio en agosto de 2017 de Cándido Ríos, periodista que recibía protección del Mecanismo, ha elevado las críticas contra este último, al tiempo que se sustenta la sospecha de comentaristas de que la creación de mecanismos y comités locales de protección es un intento de desmantelar o al menos aligerar las responsabilidades de un Mecanismo que está saturado de casos de una manera que además pone en peligro a sus beneficiarios (Ramírez, 2017).

Falta de representación en Consejo Consultivo. Derivado de los puntos anteriores, los integrantes del consejo consultivo han sido criticados por periodistas que consideran que no representan al gremio ni a los defensores de derechos humanos. Algunos periodistas de Jalisco expresaron molestia por la atribución que la Ley Jalisco otorga a la Secretaría General de Gobierno para establecer medidas de protección y porque los plazos determinados por la misma instancia gubernamental fueron insuficientes para discutir los perfiles de quienes integrarían el consejo consultivo local previsto por la Ley Jalisco. Si bien reconocieron la escasa experiencia del gremio en temas de protección y reacción inmediata en caso de agresión, los dos periodistas reconocidos por su conocimiento de estos temas, Jade Ramírez y Héctor Guerrero, no aceptaron participar en la convocatoria para elegir al consejo consultivo de la Ley Jalisco por considerar que la Secretaría General de Gobierno es una de las instancias gubernamentales que más ha presionado a medios y jefes de información para la reubicación de reporteros incómodos para el gobierno estatal.

El 23 de agosto de 2017 inició sus funciones el consejo consultivo del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas en Jalisco, integrado por Juan Manuel Estrada Juárez, Pedro Ernesto Gómez Limón y González, Fascinación Eydie Beirut Jiménez Figueroa, Hans Jurado Parres, Esperanza Loera Ochoa, Arturo Martínez Madrigal, Moisés Mora Cortés, Jesús Ramírez Zúñiga y Martha Delia Sossa Ruelas. La única persona identificada como periodista por el gremio fue Mora Cortés, quien ostenta el cargo de secretario general de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, pero a quien se le desacredita por haber trabajado en oficinas de comunicación gubernamental.

A decir del gremio periodístico, ninguno de los integrantes del consejo consultivo local tiene experiencia en protección a defensores de derechos humanos y periodistas; sin embargo, no existió de parte de los periodistas ningún tipo de comunicado o desplegado que manifestara su inconformidad. Jade Ramírez expresó que ante este tipo de acciones gubernamentales existen posibilidades de acción siempre y cuando el gremio articule y organice sus demandas, tal y como ocurrió en el estado de Guanajuato, donde acciones de resistencia han mantenido en suspenso la aprobación de una ley de protección similar: “Mientras no nos organicemos, estas legislaciones seguirán pasando por encima de nosotros en Jalisco”.

El consejo consultivo creado no ha emitido ningún pronunciamiento que consigne que están al tanto de las indagatorias sobre las agresiones contra Sonia Córdova y Jonathan Rodríguez, ni alguna reacción ante la agresión contra Cecilia Méndez, locutora herida por arma de fuego por desconocidos tras concluir el programa radiofónico que conducía en el 1310 de am del Grupo Radio Metrópoli el 16 de octubre de 2017. Méndez murió como consecuencia de la agresión días después, el 1 de noviembre.

En resumen, la Ley Jalisco se centra en establecer cooperación con el gobierno federal para operar el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas en Jalisco, sin crear un sistema, comisión o mecanismo local de protección, como sí se hizo en entidades como Hidalgo, Ciudad de México y Quintana Roo (véase la figura 8.1). Con todo, a un año de promulgarse, no se tenía establecido ningún fondo o presupuesto para instrumentar esta ley (Secretaría General de Gobierno, 2017). En añadidura, llama la atención la participación de la Secretaría General de Gobierno, una entidad con funciones políticas, en encargos de carácter técnico, así como la ausencia de garantía en esta ley para los derechos asociados con la actividad periodística, entre los cuales figuran el secreto profesional y la cláusula de conciencia. Estos últimos, previstos en el proyecto desarrollado por la bancada del Partido Movimiento Ciudadano (Congreso del Estado de Jalisco, 2016), fueron omitidos en el proyecto que terminó siendo aprobado por el pleno.

 

Conclusión

A partir de los casos descritos, concluimos que prevalece la impunidad en los casos de delitos contra la libertad de expresión, la cual es agravada por la indolencia de las autoridades que deben proteger y garantizar este derecho. El Poder Legislativo no se queda atrás: la Ley Jalisco promulgada a fines de 2016 parece haber sido creada únicamente para cumplir con el deber de armonizar el marco jurídico local con la Ley Federal y para involucrar al gobierno estatal en la instrumentación del Mecanismo, pues —al contrario de otras leyes locales sobre la materia— esta no ofrece garantía para los derechos asociados con la práctica periodística. La simulación es constatada al observar que los casos recientes de violencia contra periodistas en Jalisco no han provocado ninguna reacción del consejo consultivo de la Ley Jalisco.

Los dos problemas anteriores se suman a otros obstáculos para el ejercicio del periodismo libre y responsable que tienen una raíz estructural: los gobiernos persisten en usar el gasto público en comunicación social para ejercer censura indirecta a las organizaciones de medios (premiando y castigando de esta manera las líneas editoriales de las publicaciones), mientras continúan en picada los ingresos por venta de anuncios en publicaciones impresas. Ambos factores han incidido en el adelgazamiento del gasto en nóminas de las organizaciones de medios y han generado una condición fértil para que actores gubernamentales ejerzan influencia en las decisiones editoriales de los medios a través de actos de presión e intimidación.

Actualmente, la mayor parte de los periodistas jaliscienses trabajan en condiciones de precariedad laboral, lo cual afecta su ejercicio de la libertad de expresión. Ricardo Balderas, reportero del diario La Crónica Jalisco y los sitios web ZonaDocs y NúmeroCero, explica:

Los medios en Jalisco son muy anómalos, casi ninguno da acceso a todas las prestaciones de ley y eso impacta en la calidad de los trabajos que se publican pero también repercute en la postura crítica que pueda tener el periodista porque si no tiene una plena seguridad laboral simplemente no se va a arriesgar a quedarse sin trabajo. Hay mucha autocensura por la mera necesidad de conservar el trabajo.

Ante las referidas circunstancias, parecerían necesarias acciones colectivas de periodistas. Sin embargo, las denuncias y los pronunciamientos públicos del gremio ante hostigamientos o agresiones físicas de funcionarios públicos y particulares contra la prensa son inusuales y paradójicamente generan un impacto nulo en los medios, y los periodistas que han denunciado han sido separados de sus redacciones o han tenido que enfrentar demandas de sus propios medios. Ante el complejo panorama descrito en estas líneas, cualquier avance deberá involucrar a una masa crítica de periodistas jaliscienses y de tomadores de decisiones que comprendan la urgencia de proteger y garantizar los derechos relacionados con la práctica periodística y la libertad de expresión.

 

Referencias

Artículo 19 (2013). Doble asesinato. La prensa entre la violencia y la impunidad. Recuperado el 1 de septiembre de 2017, de https://www.article19.org

Artículo 19 (2016). La desaparición y desaparición forzada de quienes ejercen la libertad de expresión en México. Recuperado el 19 de noviembre de 2016, de https://articulo19.org/periodistasdesaparecidos/

Artículo 19 (2017a). Informe 2016: Libertades en resistencia. Recuperado el 7 de junio de 2017, de https://articulo19.org/wp-content/uploads/2017/04/Libertades-en-Resistencia_Informe-2016-A19.pdf

Artículo 19 (2017b). Alerta: Jonathan Rodríguez, asesinado pese a denunciar amenazas previas contra semanario El Costeño. Recuperado el 19 de mayo de 2017, de https://articulo19.org/jonathan-rodriguez-asesinado-pese-a-denunciar-amenazas-previas-contra-el-semanario-costeno/

Balderas, R. (2017) Periodistas corren riesgo por nueva ley. La Crónica Jalisco. Recuperado el 1 de septiembre de 2017, de http://www.cronicajalisco.com/
notas/2017/78416.html

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2009). Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión. cidh/rele/inf. 2/09.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2013). Violencia contra periodistas y trabajadores de medios: Estándares interamericanos y prácticas nacionales sobre prevención, protección y procuración de la justicia. cidh/rele/inf. 12/13.

Congreso del Estado de Jalisco (2016). Minuta de decreto 26182/lxi/16. Recuperado el 26 de octubre de 2017, de http://www.congresojal.gob.mx/?q=trabajo/infolej

El Informador (2016, 6 de diciembre). Aprueban ley de protección a defensores de DH y periodistas de Jalisco. Recuperado el 20 de septiembre de 2017, de http://www.informador.com.mx/jalisco/2016/695869/6/aprueban-ley-de-proteccion-a-defensores-de-dh-y-periodistas-de-jalisco.htm

Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, Feadle (2017). Informe estadístico. Recuperado el 3 de octubre de 2017, de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/265362/estadisticas_Septiembre_2017.pdf

Franco, D. (2017). Jalisco entre la precariedad y el miedo. En A. Almazán, D. Rea & E. Ruiz (Coords.), Romper el silencio, 22 voces contra la censura (pp. 209–218). Ciudad de México: Brigada para Leer en Libertad. Recuperado el 17 de octubre de 2017, de http://briga
daparaleerenlibertad.com/programas/romper-el-silencio/

Freedom House (2014). Manual de derechos para ejercer el periodismo en México. Recuperado el 15 de octubre de 2017, de http://freedomhouse.org

Hernández López, R. (2015). Para qué 55 leyes de protección a periodistas. Eje Central. Recuperado el 22 de septiembre de 2017, de http://www.ejecentral.com.mx/para-que-55-leyes-de-proteccion-a-periodistas/

Periodistas de a Pie. Recuperado el 15 de octubre de 2017, de http://www.periodistasdeapie.org.mx/editorial
-33.php

Ramírez, J. (2017, 12 de julio). Mecanismos y leyes locales de protección: los hijos de Frankenstein. Periodistas de a Pie. Recuperado de https://www.pe
riodistasdeapie.org.mx/editorial-33.php

Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (2017). Exigimos abrogación de Ley Protección Defensor@s DH y Periodistas de Jalisco, por vulnerar derecho a consulta y participación de destinatarios. Recuperado el 1 de septiembre de 2017, de http://redtdt.org.mx/?p=9042

Rodelo, F.V. (2014). Violaciones de la libertad de expresión de periodistas y trabajadores de medios en Jalisco, 1995–2013. En S. Paláu (Coord.), Medios de comunicación y derecho a la información en Jalisco 2013
(pp. 95–112). Guadalajara: iteso

Secretaría General de Gobierno (2017). Oficio ut/2692-07/2017. Expediente ut/sgg/1603/2017. Respuesta a solicitud de información pública.